TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 126/86 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a gestionar un préstamo - ------------ de australes trescientos setenta mil (A 370.000.-) ante las au- toridades del Banco de la Provincia de Buenos Aires, con un plazo de seis (6) años.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2.- El importe resultante del préstamo se aplicará a las obras: ------------ a.- Ampliación red de agua.- b.- Ampliación obra de gas, 2da. y 3r. etapa.- c.- Pavimentación en el ejido urbano de Balcarce.-------------- ARTICULO 3.- El préstamo se solicita conforme los lineamientos del Decreto- ------------ Ordenanza General 40/69 y su modificación según Decreto Ordenan za General 213/77 (con recupero de inversión a cargo de vecinos frentistas).- ARTICULO 4.- El préstamo será cancelable en seis (6) años, con un interés del ------------ veinticuatro por ciento (24%) anual vencido reajustable, amorti- zable en cuotas semestrales crecientes y porcentuales del capital original, - según se detalla, difiriéndose el pago de la primera cuota al vencimiento del primer año y abonándose los intereses respectivos en forma semestral: CUOTA 1 - 12 meses- 4% CUOTA 7 - 48 meses- 10% CUOTA 2 - 18 meses- 5% CUOTA 8 - 54 meses- 11% CUOTA 3 - 24 meses- 6% CUOTA 9 - 60 meses- 12% CUOTA 4 - 30 meses- 7% CUOTA 10- 66 meses- 13% CUOTA 5 - 36 meses- 8% CUOTA 11- 72 meses- 15% CUOTA 6 - 42 meses- 9% ARTICULO 5.- Los recursos afectados en garantía del servicio anual provendrán ------------ de la Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales.--- ARTICULO 6.- El Departamento Ejecutivo deberá preveer en los presupuestos fu- ------------ turos, las partidas necesarias para atender los servicios del - préstamo hasta su total cancelación.------------------------------------------ ARTICULO 7.- Las obras enunciadas en el Artículo 2º se efectuarán con recupe- ------------ ro de inversión a cargo de los vecinos frentistas afectados, con forme lo dispuesto en las Ordenanzas y Pliegos respectivos, determinándose pa- ra dicha obra una incobrabilidad presunta del diez por ciento (10%) y una mo- rosidad presunta del treinta por ciento (30%).-------------------------------- ARTICULO 8.- Elévese el presente Expediente al Ministerio de Gobierno de la - ------------ Provincia y al Tribunal de Cuentas, a los fines de la interven - ción que les cabe conforme las disposiciones vigentes.------------------------ ARTICULO 9.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.----------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Or- dinaria, a los veintidós días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y seis. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José‚ Troya - SECRETARIO.